Antes de presentar la demanda hay que preparar una serie de
documentos, entre ellos el certificado de matrimonio, que se solicitará
en el Registro Civil del lugar donde se contrajo, y el certificado de
nacimiento de los hijos, si los hay. En algunos Registros puede
tramitarse on-line: http://www.mjusticia.es/
Cuando se trate de matrimonios celebrados en el extranjero será
necesaria la certificación del Registro Civil del Consulado español, la
del Registro extranjero previamente legalizada o la del Registro Civil
Central.
También es necesario un Poder General para Pleitos: se trata de una
escritura pública en la que se otorgan poderes al Procurador para que
pueda actuar en el Juzgado en representación de los cónyuges. Este
documento se otorga en cualquier Notaría y su precio oscila entre los 30
y 40 Euros. También puede otorgarse en el Juzgado, es el denominado
poder "apud acta" y, en este caso, sería gratuito. Algunos Juzgados
exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del
domicilio de los cónyuges a efectos de comprobar si son competentes. En
todo caso, su Abogado le concretará todos los documentos necesarios.
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